En agosto de 2024, entró en vigor el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA o RAI, por sus siglas en inglés). El objetivo principal de este acuerdo es fomentar el desarrollo y la implantación responsable de la IA en toda la Unión Europea.
Actualmente, más del 24% de las empresas españolas ya utilizan alguna herramienta de Inteligencia Artificial; hablamos de 1 de cada 4 compañías, según el “III Informe sobre Transformación digital” de InfoJobs.
Es importante tener cautela ante el uso de herramientas de inteligencia artificial, como ChatGPT. Tenemos que ser conscientes de que, con el uso de estas aplicaciones, estamos aportando unos datos que, esta IA, usará más tarde para su beneficio.
El RIA incluye varias categorías de operadores: proveedores, representantes, distribuidores, importadores, proveedores posteriores y responsables de despliegue. Lo cierto es que las obligaciones más complejas derivadas de la aplicación del RAI no recaerán en las entidades que utilicen sistemas de IA como responsables de despliegue.
Si hablamos de las organizaciones más afectadas por el RAI, nos encontramos, por un lado, con los proveedores de sistemas IA de alto riesgo, que deben asumir un conjunto más complejo de obligaciones. Esto se debe a que son más susceptibles de causar daños para la salud, la seguridad o los derechos fundamentales de las personas. Se trata de sistemas IA que están destinados a utilizarse como componentes de seguridad o que son sistemas de seguridad por sí mismos. Algunos ejemplos son: vehículos a motor, productos sanitarios, juguetes, motos acuáticas, ascensores, etc.
Por otro lado, los “sistemas independientes” como infraestructuras críticas, sistemas de identificación biométrica remota, sistemas utilizados en el ámbito educativo y de formación profesional, o sistemas utilizados en el ámbito de la selección de personal y laboral, entre otros, también son algunas de las organizaciones más afectadas por el RAI.
Las organizaciones deben tener en cuenta que, si no se adaptan a la normativa en los plazos previstos, podrían ser gravemente sancionadas con multas que, en los casos más graves, pueden alcanzar los 35 millones de euros o el 7% del volumen de negocio total del ejercicio anterior, lo que suponga mayor cuantía.
Lo cierto es que la aprobación del nuevo RIA en la UE (y de otras normativas como el Reglamento DSA) ya ha tenido las primeras consecuencias para algunas marcas. Apple ha comunicado que la integración de su IA, Apple Intelligence, no se producirá en Europa, por lo menos, a corto plazo. A lo largo del próximo año 2025, Apple Intelligence estará disponible en varios idiomas, entre los que se incluye el español, pero no estará operativa en la Unión Europea, debido a la política de Bruselas con respecto a la IA.
Para aplicar correctamente el RAI, resulta imprescindible saber distinguir entre qué es la IA y qué no lo es. El problema es que el concepto “Inteligencia Artificial” se está utilizando, en algunos casos, solo como una estrategia de marketing. Hacer referencia a la IA como componente de un producto o servicio despierta cierta fascinación y hace más atractiva su comercialización, aunque verdaderamente no incorporen IA. Este uso indiscriminado puede dar lugar a una aplicación incorrecta del RAI, generando así confusión a la hora de determinar qué requisitos y obligaciones legales resultan verdaderamente exigibles en cada caso.
A pesar de la regulación europea de la Inteligencia Artificial, hay que tener en cuenta que su uso expone a usuarios y empresas a una serie de peligros.
En primer lugar, existen riesgos relacionados con el uso que el proveedor de la IA generativa va a hacer de la información que se proporciona en los “prompts” (entradas de información que realizan los usuarios), debido a que se trata de un entorno no controlado.
OpenAI, empresa creadora del modelo GPT, declaró abiertamente que utilizaba los datos introducidos por los usuarios en ChatGPT, tanto para reentrenar a sus modelos, como para ceder estos datos a posibles terceros.
También existen riesgos relacionados con incidentes de seguridad que pueden sufrir los proveedores de IAs generativas, y que podría comprometer la información sensible que se les proporciona en los “prompts”.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que estas herramientas pueden generar resultados incorrectos, inventados o “alucinaciones”, ya que no están siendo supervisadas de forma activa y continua por seres humanos a la hora de generar respuestas.
Finalmente, existen riesgos relacionados con la propiedad intelectual, debido a que no todas las creaciones realizadas a través de sistemas de IA tendrán protección. Esto es consecuencia de que la normativa en materia de propiedad intelectual requiere que, para que una obra se encuentre protegida, exista una creación humana relevante. Por lo tanto, a priori, podrían quedar sin protección obras generadas por IA con base en unos “prompts” básicos.









