El pasado 11 de septiembre se inició el periodo de audiencia pública para el Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones (APL), al que se podrán realizar aportaciones hasta el día 13 de octubre en la página web del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
La futura Ley realizará la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el código europeo de las comunicaciones electrónicas.
La tramitación y aprobación de una nueva Ley General de Telecomunicaciones es uno de los compromisos de la estrategia “España Digital 2025” en el ámbito de la conectividad, piedra angular de la transformación digital.
El anteproyecto incluye la regulación no solo de los servicios de comunicaciones electrónicas, sino también aspectos relativos a los equipos de telecomunicaciones, infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios y todos los usos del dominio público radioeléctrico.
Como novedad, por primera vez se regulan los servicios de comunicación interpersonales no basados en numeración o de mensajería. Se imponen obligaciones de carácter administrativo, como la inscripción en el Registro de Operadores y la obligación de observar medidas de seguridad de acuerdo con los riesgos propios de su naturaleza diferenciada respecto a los servicios tradicionales.
La crisis sanitaria de la COVID-19 ha puesto en valor las redes de telecomunicaciones, por lo que el anteproyecto presta especial atención a favorecer un acceso en igualdad de condiciones y en condiciones asequibles a las comunicaciones electrónicas con la renovación y flexibilización del servicio universal.
Por una parte, se eliminan ciertos elementos como las cabinas y las guías telefónicas. Por otra, se incluye que las velocidades de acceso garanticen la prestación de modo funcional de determinados servicios digitales esenciales como correo electrónico, noticias en línea o banca por internet. Asimismo, para garantizar la asequibilidad y al mismo tiempo la capacidad de elección del usuario, se establece la posibilidad de que el servicio universal pueda ser prestado por todos los operadores.
En lo relativo a los derechos de los usuarios, se realiza la armonización comunitaria prevista en el Código, al reforzar la transparencia de los contratos, limitar su duración y regular, por primera vez, los paquetes de servicios. También amplía los derechos en el ámbito de la portabilidad móvil y las obligaciones de accesibilidad para los usuarios con discapacidad.
La norma refuerza también las capacidades de los servicios de comunicaciones de emergencia. Se amplían las posibilidades de actuación e información que facilitarán un servicio 112 más efectivo a las Comunidades Autónomas. En concreto, se introducen nuevas facilidades para el desarrollo de sistemas de alerta a la población en caso de grandes catástrofes o emergencias y disponer de una ubicación más precisa de las personas que efectúan llamadas al 112.
También como novedad, se incluye una revisión de las normas relativas a la gestión del espectro radioeléctrico, con el objetivo de facilitar el despliegue de las redes 5G y otros servicios inalámbricos innovadores. La más importante de estas reformas es la determinación de una duración mínima de 20 años para las licencias asociadas a los usos limitativos de espectro.
Por último, hay que señalar que el anteproyecto de ley conserva en lo sustancial el marco legal español en lo relativo al apoyo al despliegue de infraestructuras, que ha propiciado la inversión privada y el desarrollo en España de la más extensa red de fibra óptica de Europa, y fue tomado como modelo para el Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas.